Liquidación contrato de trabajo a término fijo

Juan Bernardo Noreña Botero

2021-03-17

< Explorar otros blogs

Liquidación contrato de trabajo a término fijo

Juan Bernardo Noreña Botero

2021-03-17

Una vez finalizada la relación laboral, el empleador adquiere el deber de liquidar al trabajador conforme a lo estipulado en la ley, lo anterior con el propósito de quedar a paz y salvo frente a todo concepto.

En las relaciones laborales existen dos partes fundamentales: La parte empleadora, quien es la que ofrece o brinda la vacante de empleo, es quien paga el salario por los servicios prestados y tiene la facultad de dar órdenes. Por otro lado, encontramos la parte trabajadora, que es aquella que ocupa la vacante ofrecida, recibe salario como contraprestación al servicio y recibe las órdenes impartidas por la parte empleadora.

Una vez finalizada la relación laboral, la parte empleadora debe liquidar al trabajador, y en muchas ocasiones las partes desconocen los componentes que integran la liquidación de un contrato de trabajo.

Dentro de los componentes que integran la liquidación de un contrato de trabajo encontramos: salarios adeudados, tiempo laborado, fecha de retiro, las cesantías, los intereses sobre cesantías, la prima, y las vacaciones que tenga pendientes el trabajador. Toda esta información, es la que permite determinar el monto a recibir por concepto de la liquidación, toda vez que el empleador siempre debe quedar a paz y salvo con sus trabajadores por todos los conceptos enunciados anteriormente.

El contrato de trabajo a término fijo, puede darse por terminado por diversas situaciones: cuando el plazo pactado entre las partes finalice sin que este sea prorrogado, por mutuo acuerdo, cuando una de a las partes decida terminarlo con justa causa y cuando una de a las partes decida terminarlo sin justa causa

Para realizar la liquidación de un trabajador cuya vinculación se realizó mediante un contrato a término fijo, y es despedido sin justa causa antes de terminar el periodo pactado, se le deben pagar los meses restantes a la finalización del contrato; pero si es el trabajador quien renuncia, o este es despedido con justa causa, se le pagará según el tiempo laborado.

En la liquidación del contrato de trabajo a término fijo, ocurre un caso especial, y es que, si el trabajador gana más de 10 salarios mínimos, entonces el monto cambia, por el primer año de trabajo son 20 días y por cada año siguiente son 15 días.

Ejemplo: Juan firmó un contrato de trabajo a término fijo con la empresa AA S.A.S por el término de seis meses, contados desde el 1 de Junio de 2020 hasta el día 31 de Diciembre de 2020 devengando un salario mensual de UN MILLON DE PESOS ($1.000.000). El día 15 de Agosto de 2020, la empresa AA S.A.S decidió terminarle el contrato sin justa causa por lo tanto se deberá realizar su liquidación de la siguiente manera:

Como la ley dice que se le deben pagar al empleado los salarios restantes hasta la finalización del contrato, la empresa debe cancelarle a juan:

15 días de salario Agosto : $500.000

Salario Septiembre: $ 1.000.000

Salario Octubre: $1.000.000

Salario Noviembre: $ 1.000.000

Salario Diciembre: $ 1.000.000

TOTAL LIQUIDACION: $ 4.500.000

Como concepto de liquidación por despido sin justa causa, la empresa AA S.A.S debe a su trabajador Juan la suma de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($4.500.000).