Propiedades y renta


CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLE AMOBLADO POR CORTA TEMPORADA

7 minutos


Por medio de este contrato, una de las partes concede a la otra, por determinado tiempo, el goce total o parcial de un bien inmueble amoblado, siempre que sea por una corta temporada, y en virtud de esto, la otra parte se obliga a pagar un precio determinado que es conocido habitualmente como canon de arrendamiento.

PARTES

  • Arrendadora: quien proporciona el goce del inmueble amoblado.

  • Arrendataria: quien paga el precio.

EJEMPLO

Pedro, quien vive en la ciudad de Medellín, viajará a Cartagena a un congreso médico, por ello, Juan, dueño de un apartamento amoblado en esta ciudad, permite el goce del mismo por un periodo de un mes, donde Pedro, a cambio de esto pagará un millón de pesos ($1.000.000).